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¿Contratos con entidades públicas están gravados con IVA? (4:00 p.m.)

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02 de Agosto de 2019

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La Dian afirmó que los contratos suscritos con entidades públicas están sometidos al impuesto sobre las ventas – IVA, siempre que en su ejecución se configure alguno de los hechos generadores previstos en el artículo 420 del Estatuto Tributario. Lo anterior en consideración a la naturaleza real del impuesto y su régimen general, por cuanto afecta o recae sobre bienes y servicios, sin consideración alguna a la calidad de las personas que intervienen en la operación; por ejemplo, si se trata de un no contribuyente del impuesto de renta. Así mismo, partiendo del marco normativo que aplica, la autoridad tributaria considera necesario determinar si las actividades incluidas en el objeto del contrato implican la prestación de servicios que configuran hechos generadores del impuesto y, en caso afirmativo, le corresponderá su cobro, facturación, recaudo y declaración, esto en razón a que no hay una definición específica de las actividades que hacen parte del mismo. 

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