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Continuará vigente suspensión de términos en procesos y actuaciones en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa

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03 de Junio de 2021

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Con la Resolución 0048 del 2021, la Dian modificó nuevamente la vigencia de la suspensión de términos en procesos y actuaciones en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, que continuará vigente entre el 1º y 8 de junio, y en materia aduanera entre el 1º y el 30 de junio del 2021. Esto teniendo en cuenta las dificultades generadas por las manifestaciones y bloqueos que han impedido la normal operación de los terminales portuarios de Buenaventura, la movilización de mercancías hacia las zonas francas y la operación aérea del aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón que sirve a la ciudad de Cali, que presenta dificultades en su operación y la consecuente movilidad de la carga de dicho aeropuerto a depósitos y zonas francas de la jurisdicción. La medida suspende los términos de entrega al depósito o a la zona franca, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero en todo el territorio nacional, como también los términos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional. En cuanto a la modalidad de cabotaje aéreo, solamente aplicará la suspensión para las operaciones que correspondan a la jurisdicción de Cali. Se amplía también hasta el 30 de junio la permanencia de las mercancías que hayan salido de la zona franca para procesamiento parcial, como para reparación, revisión o mantenimiento de bienes de capital, equipos, herramientas, partes o sus repuestos fuera de la zona.

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