Consejo de Estado establece actividades de las cajas de compensación sujetas a ajustes integrales por inflación (9:51 a.m.)
05 de Agosto de 2015
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Nota:
103827
Según el fallo, esta obligación de los sujetos pasivos del impuesto de renta solo involucra los activos y pasivos no monetarios y patrimonio asociado exclusivamente a las actividades industriales, comerciales y financieras que adelanten las cajas de compensación, distintas a la inversión de su patrimonio. Esto significa que los ingresos que reciban por el desarrollo de actividades relacionadas con salud, educación, recreación y desarrollo social están excluidas del ajuste por inflación, pues se trata de rubros exentos del impuesto, aclaró el Consejo de Estado. El pronunciamiento obedece a que, ante los ajustes por inflación que ordena el artículo 329 de Estatuto Tributario para los contribuyentes del impuesto sobre la renta obligados a llevar libros de contabilidad, el artículo 19-2 excluye del gravamen los ingresos generados por la inversión del patrimonio de las cajas y las actividades que estas desarrollen en materia de salud, educación, recreación y desarrollo social (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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