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Tributario


Conozca la nueva tarifa de retención en la fuente para encuestas y estudios de mercado

03 de Abril de 2017

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Nota:
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La tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta sobre los pagos o abonos en cuenta por actividades de estudios de mercado y la realización de encuestas de opinión pública que se efectúen a las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades será del 4 %.

 

Así lo estableció el Ministerio de Hacienda al adicionar el parágrafo 2° al artículo 1.2.4.3.1. del Libro 1, Título 4, Parte 2, Capítulo 3 del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria. (Lea: ¿Tarifa mínima de retención para empleados puede aplicarse con la reforma tributaria estructural?)

 

Razones

 

De acuerdo con el decreto, un análisis realizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales concluyó que esta actividad económica presenta, en los últimos años, saldos a favor superiores a $ 20.000 millones.

 

En promedio, la tarifa efectiva medida como la retención en la fuente practicada frente a los ingresos netos fue, para los años 2013 y 2014, alrededor del 9 % y del 7 %, para el año 2015. (Lea: Reforma tributaria eliminó el Cree, recordó la Dian)

 

Por lo tanto, y con el fin de reducir estos saldos a favor, se determinó que la tarifa que permite lograr el equilibrio es la finalmente adoptada.

 

Minhacienda, Decreto 536, 30/03/17

 

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