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Condicionan legalidad del Sistema de Gestión de Riesgos de la Dian en cuanto a reserva de la información

Se debe informar el rango del riesgo y la información en que se sustenta, sin comprometer factores, criterios o datos.
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Aclare dudas sobre el diligenciamiento del certificado de ingresos y retenciones (Shutterstock)

22 de Mayo de 2025

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Se presentó demanda de nulidad contra algunas disposiciones que regulan el Sistema de Gestión de Riesgos de la Dian, herramienta interna cuyo objeto es identificar perfiles y comportamientos atípicos, analizar y valorar datos y crear mecanismos de control y alertas respecto de posibles incumplimientos en los trámites y obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

Para ello, explicó el Consejo de Estado, se realiza una calificación con riesgo bajo, medio o alto que permite hacer una selección más efectiva de los usuarios o contribuyentes a controlar y, así mismo, asignar un tratamiento en función del nivel del riesgo detectado, todo lo cual aumenta la eficacia de las acciones de fiscalización y control.

Si bien la información del sistema es objeto de reserva, la situación es diferente cuando la calificación del riesgo de un determinado contribuyente o usuario aduanero se utiliza para decidir sobre su situación jurídica particular, pues en este caso se debe informar a los interesados cuál fue su calificación, así como el supuesto y las pruebas que la sustentan, limitándose únicamente a dicha situación jurídica y particular del titular de la información, sin comprometer factores, criterios, procedimientos y la base de datos del sistema de gestión de riesgos.

Lo anterior en virtud de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y habeas data, que aplican frente a todas las actuaciones administrativas, de manera que no es razonable que la reserva de la información se convierta en una restricción que impida el ejercicio de los derechos que tienen los contribuyentes frente a las decisiones que se adopten con base en su propia información. 

Así las cosas, el alto tribunal declaró la legalidad condicionada de las normas acusadas, en el entendido que si los tratamientos y/o beneficios en materia tributaria, aduanera y cambiaria se deciden con fundamento en la calificación de riesgos del Sistema de Gestión del Riesgo de la Dian,se debe informar al interesado cuál fue el rango del riesgo en que fue calificado y suministrar la información en que se sustenta, limitándose únicamente a la situación jurídica y particular (C. P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello).

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