Concejos pueden delegar en el alcalde facultad de compilar normas tributarias (2:05 p.m.)
29 de Diciembre de 2014
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Nota:
98528
Según la Sección Cuarta del Consejo de Estado, los concejos municipales sí pueden delegar en el alcalde la facultad de compilar normas, lo que se refiere estrictamente a agrupar o recopilar disposiciones jurídicas sobre un tema específico en un solo texto, sin variar su naturaleza. Así las cosas, es viable compilar normas impositivas, siempre y cuando esto se limite a la organización y estructuración lógica de aquellas y no comprenda la determinación de las tarifas y demás elementos del gravamen, aclaró la corporación. En todo caso, la potestad en cabeza de las corporaciones de elección popular para crear los tributos es distinta a la de administrarlos, pues esto incluye la liquidación, fiscalización, recaudación, discusión, devolución y cobro de estos, precisó el alto tribunal (C. P. Hugo Bastidas).
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