¿Cómo se registra un comodato con contraprestación económica? (9:07 a.m.)
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18 de Enero de 2018
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Si en un contrato de comodato se han transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios y hay contraprestación económica, la operación debe ser registrada como un arrendamiento financiero y, en caso contrario, como un arrendamiento operativo, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Así mismo, señaló, si no hay contraprestación económica puede tratarse de un ingreso por subvenciones, un ingreso ordinario o una partida patrimonial, dependiendo de las circunstancias.
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