Así serían reglamentados los procesos de devolución y compensación de saldos a favor en el CREE (12:00 p.m.)
09 de Septiembre de 2013
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Nota:
91172
Teniendo en cuenta que el impuesto sobre la renta para la equidad – CREE es un nuevo tributo, el Ministerio de Hacienda propone la reglamentación para la depuración de la base gravable, con el propósito de facilitarle a los contribuyentes la determinación del impuesto a cargo. De igual manera, plantea los criterios para regular los procedimientos de devolución y compensación de los saldos a favor. La solicitud de devolución y/o compensación tendrá que ser presentada personalmente por el sujeto pasivo, por su representante legal o a través de apoderado y cumplir con los requisitos generales establecidos en el artículo 2º del Decreto 2277 del 2012. En el mismo acto que ordene la devolución se compensarían las deudas y obligaciones, compensando en primer lugar las deudas por concepto del impuesto, de acuerdo con las reglas establecidas en el Estatuto Tributario. Los comentarios y sugerencias sobre el proyecto serán recibidos hasta hoy 9 de septiembre, a través del correo comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co
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