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Así se entiende cumplido el requisito relacionado con identificar las normas vulneradas en demandas de impugnación (1:44 p.m.)

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17 de Febrero de 2020

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Un auto de ponente recordó que en las demandas de impugnación, esto es, las que están dirigidas a cuestionar la legalidad de los actos administrativos particulares y de los actos normativos o reglamentos (como las de nulidad simple, nulidad por inconstitucionalidad y nulidad y restablecimiento del derecho) el requisito que impone la identificación de las normas vulneradas y el concepto de la violación se cumple cuando, fuera de identificar las normas violadas y la causal de nulidad, el actor explica y sustenta las razones por las que estima que el acto debe anularse. Es decir, en esas demandas se plantean acusaciones no tanto contra la Administración, sino contra el propio acto administrativo. Las acusaciones vienen a ser una especie de tipo, esto es, la invocación de la conducta u omisión que genera la nulidad o invalidez del acto administrativo. Dichas acusaciones, precisó, son finalmente las llamadas causales de nulidad del acto administrativo, que cuestionan la existencia y validez a través del (i) órgano competente, las (i) formas y procedimiento, (iii) el motivo y la motivación (iv) la finalidad y (v) el objeto o contenido (C. P. Julio Roberto Piza).

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