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Tributario


Adoptan nueva clasificación de actividades económicas para fines tributarios

03 de Diciembre de 2012

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Nota:
25402

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adoptó la nueva clasificación de actividades económicas, a la que deberán sujetarse los entes privados y públicos para el control, la determinación de impuestos y demás obligaciones tributarias.

 

De acuerdo con la Resolución 139 del pasado 21 de noviembre, las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar declaración de renta y complementarios e ingresos y patrimonio correspondientes al año gravable 2012 deben informar su actividad económica principal según esta clasificación.

 

Además, advierte que, a más tardar el 31 de enero del 2013, todos los contribuyentes y usuarios aduaneros tendrán que actualizar la información de actividades económicas en el RUT, si la codificación cambia con respecto a la nomenclatura actual.

 

La norma, que deroga la Resolución 432 del 2008, entrará en vigencia el próximo 1º de diciembre.

 

(DIAN, Resolución 139, nov. 21/12)

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