Actuaciones del revisor fiscal ejecutadas por alguien que no es contador público carecen de validez (4:15 p.m.)
16 de Febrero de 2018
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Nota:
59331
Si una sociedad cumple los lineamientos previstos en el artículo 203 del Código de Comercio para estar obligada a tener revisor fiscal y no cuenta con un contador público titulado ejerciendo esta figura, todas las actuaciones en las que sea necesaria su participación, tales como emisión de estados financieros dictaminados, certificaciones solicitadas por entes reguladores y de vigilancia, así como declaraciones tributarias, entre otros, se darán como no presentadas o carecerán de validez legal, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De acuerdo con la disposición mencionada, están obligadas a tener revisor fiscal las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y las sociedades en las que, por ley o por estatutos, la administración no corresponda a todos los socios.
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