Aceptan incidente de impacto fiscal sobre sentencia que ordenaba incluir exención de rentas laborales en liquidación del IMAN e IMAS – PE (1:57 p.m.)
01 de Junio de 2016
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Nota:
107119
Se resolvió el incidente de impacto fiscal presentado por el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, respecto de los efectos de la Sentencia C-492 del 2015, que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 10 de la Ley 1607 del 2012. Con la decisión, que se tomó el día de hoy por la Sala Plena de la Corte Constitucional, los efectos de la sentencia serán diferidos por un periodo gravable adicional, para que así del cálculo de la renta gravable alternativa para empleados obtenida en virtud de los sistemas IMAN e IMAS-PE a partir del año fiscal 2017 se permita la sustracción de las rentas de trabajo exentas, en los términos previstos por el artículo 206-10, primera frase, del E.T., una vez se detraigan del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador los conceptos permitidos por el artículo 332 del Estatuto. El incidente argumentaba que los efectos de la sentencia de constitucionalidad afectarían la sostenibilidad de las finanzas públicas y su aplicación tendría un costo anual aproximado de $ 335.000 millones.
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