Tributario
Aceptan incidente de impacto fiscal por sentencia que ordenaba incluir exención de rentas laborales en liquidación del IMAN e IMAS
01 de Junio de 2016
La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió el incidente de impacto fiscal presentado por el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, respecto de los efectos de la Sentencia C-492 del 2015, que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 10 de la Ley 1607 del 2012.
En aquella decisión, el alto tribunal condicionó la constitucionalidad de la norma a la inclusión de una exención sobre el porcentaje de las rentas laborales en la liquidación del impuesto mínimo alternativo nacional (IMAN) y del impuesto mínimo alternativo simple para empleados (IMAS-PE). (Vea: Condicionan cálculo de renta de empleados para sistemas IMAN e IMAS)
De ese modo, determinó que en la liquidación que se produzca en el periodo gravable vigente, cuando se complete un año de la notificación de la sentencia, se permita la sustracción de la renta exenta del 25 % de rentas laborales, en los términos del artículo 206 (numeral 10º) del Estatuto Tributario.
Con la decisión, los efectos de la sentencia serán diferidos por un periodo gravable adicional, para que así en el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados obtenida en virtud de los sistemas IMAN e IMAS-PE a partir del año fiscal 2017 se permita la sustracción de las rentas de trabajo exentas, en los términos previstos por el artículo 206-10, primera frase, del E.T., una vez se detraigan del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador los conceptos permitidos por el artículo 332 del Estatuto.
El incidente argumentaba que los efectos de la sentencia de constitucionalidad afectarían la sostenibilidad de las finanzas públicas y su aplicación tendría un costo anual aproximado de $335.000 millones. (Vea: Exenciones laborales: ¿asunto de equidad?).
La cartera había argumentado que el impacto sobre las finanzas no resultaría, en sí mismo, del tamaño de la pérdida producida por la Sentencia C-492, sino del contexto en el cual se presenta, y la atmósfera económica en la cual ocurre esta situación. Para ello, se relacionó la histórica caída de los precios del petróleo, que representa una pérdida de $ 22,2 billones en el lapso 2013-2016; la devaluación y la inflación, que también tienen consecuencias fiscales pues encarecen la deuda pública y aumentan el valor de los títulos de deuda interna indexados al IPC, entre otros.
Corte Constitucional, Noticia, Jun. 01/16
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta