Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


$ 33.156, valor de la UVT para el 2018

Con este valor quedan actualizadas para el próximo año todas las cifras y/o valores absolutos aplicables para la determinación de los impuestos y sanciones tributarias.

Openx [71](300x120)

31253
Imagen
impuestos-recibo-cuentathink-1509241736.jpg

20 de Noviembre de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Mediante la Resolución 0063, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) fijó en $ 33.156 la unidad de valor tributario (UVT) que regirá a partir del 1º de enero del 2018.

 

Con la UVT quedan actualizadas para el próximo año todas las cifras y/o valores absolutos aplicables para la determinación de los impuestos, sanciones y en general todos los asuntos previstos en las disposiciones tributarias, aduaneras y cambiarias de carácter nacional.

 

La UVT permite determinar las cifras y valores absolutos expresados en UVT aplicables a disposiciones y obligaciones administradas por la Dian.

 

Para tal efecto, se multiplica el número de UVT señalado en la norma por el valor fijado para este indicador tributario y el resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario (E. T.).

 

Como norma general, según el inciso 1° del artículo 639 del E. T., desde el primero de enero del 2018 el valor mínimo de cualquier sanción, salvo las excepciones de ley, será equivalente a 10 UVT, es decir $ 332.000.

 

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Resolución 0063, Nov. 14/17

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)