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Todos los usuarios de comercio exterior deben aplicar en su integridad norma sobre protección de conductas irregulares (8:55 a.m.)

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24 de Diciembre de 2014

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La aplicación de la Circular Externa 170 del 2002 permite al usuario de comercio exterior protegerse de prácticas relacionadas con lavado de activos, contrabando, evasión y cualquier otra conducta irregular, así como garantizar la efectividad de los mecanismos de control. Sin embargo, la norma no distingue las empresas relacionadas con la operación de comercio exterior obligadas a aplicarla en su integridad, por lo que las mismas no están facultadas para establecerlo ni para darle interpretaciones distintas a la norma, con el argumento del alto volumen de clientes que puede manejar uno u otro usuario. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de septiembre.

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