Titularidad de las cuentas bancarias de la copropiedad es un tema de mucha relevancia
13 de Febrero de 2023
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública resolvió una consulta sobre el nombramiento de un nuevo consejo de administración en una copropiedad y si la cuenta bancaria donde se hace el recaudo mensual por concepto de administración debe estar a nombre del administrador o puede estar a nombre del tesorero del consejo de administración.
La entidad recordó que es un organismo de normalización técnica contable cuya principal función es servir como ente orientador en materia de normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, en aplicación de la Ley 1314 del 2009 y sus decretos reglamentarios, como es el Decreto 2420 del 2015, por lo que no es competente para pronunciarse en cuanto a las políticas de control interno de la copropiedad.
Sin embargo, de manera general señaló que la titularidad de las cuentas bancarias de la copropiedad es un tema de mucha relevancia, toda vez que, si está a nombre de alguien diferente de la entidad, se tendría que estar cambiando la titularidad de la misma cada vez que se presenten cambios en los miembros del consejo de administración, del tesorero o del administrador de la misma.
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