Sucursal de sociedad extranjera no puede acceder a beneficios de progresividad en renta (4:50 p.m.)
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22 de Octubre de 2012
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Las sucursales de sociedades extranjeras no pueden acceder a los beneficios previstos en la Ley 1429 del 2010, sobre progresividad en el pago del impuesto sobre la renta para nuevas empresas, pues estos se dirigen a los contribuyentes personas naturales o jurídicas y no a los bienes mercantiles individualmente considerados, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Sobre la naturaleza de las sucursales, la Superintendencia de Sociedades ha manifestado que su capacidad está restringida a los actos previstos en la resolución de incorporación, con el fin de llevar a cabo las actividades señaladas por la casa matriz en el exterior.
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