Servicio de las escuelas de seguridad privada aprobadas por la Supervigilancia no está excluido de IVA (2:45 p.m.)
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11 de Julio de 2013
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El servicio que prestan las escuelas de capacitación y entrenamiento en seguridad privada aprobadas por la Supervigilancia no está excluido del impuesto sobre las ventas, conforme a lo previsto en el artículo 476 del Estatuto Tributario, pues las mismas no están comprendidas dentro de las que el Decreto 4909 del 2009 determinó como instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano, recordó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Además, dichas instituciones deben tener licencia de funcionamiento de carácter oficial y obtener el registro de los programas que ofrece ante las secretarías de educación del respectivo municipio, indicó la entidad.
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