Sanciones por declarar una base gravable inferior al valor en aduana se imponen en la resolución que formula la liquidación oficial de revisión del valor (2:39 p.m.)
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06 de Diciembre de 2010
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Las sanciones por declarar una base gravable inferior al valor en aduana que corresponde se imponen dentro de la resolución que formula la liquidación oficial de revisión del valor, de acuerdo con el tenor literal del artículo 422 de la Resolución 4240 del 2000, sobre infracciones aduaneras en materia de valoración de mercancías. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de octubre.
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