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Revocación del levante de la mercancía no sanea ni subsana la presunta ilegalidad (11:17 a.m.)

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06 de Junio de 2014

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La autorización de levante de la mercancía no es un acto definitivo, pues la autoridad aduanera está facultada para cuestionar y aprehender mercancías de manera preventiva sobre la cual tenga dudas respecto a su ingreso legal al país. Por lo tanto, no se puede hablar de revocación del levante de la mercancía, pues su concesión se confiere bajo una presunción de legalidad y, por ende, no subsana ni sanea la ilegalidad que puede afectar una determinada mercancía, indicó el Consejo de Estado. De otra parte, la corporación recordó que quienes se someten al régimen especial de importaciones y exportaciones denominado Plan Vallejo obtienen, de una parte, beneficios tributario y aduaneros, y asumen, de otra, la obligación de exportar en un plazo determinado los bienes producidos en la calidad y cantidad acordada, y de reexportar los equipos empleados en su elaboración (C.P. María Elizabeth García González).

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