Revisor fiscal puede participar en las reuniones de los órganos de administración (3:21 p.m.)
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24 de Octubre de 2019
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En reciente concepto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que no existe disposición legal que establezca inhabilidades e incompatibilidades o algún tipo de restricción para que el revisor fiscal participe en las reuniones de los órganos de administración. Sin embargo, aclaró, debe tenerse en cuenta que el mismo no cumple funciones administrativas y, de hacerlo, podrían configurarse amenazas para el cumplimiento de los principios de ética e independencia que deben observar todos los contadores en el ejercicio independiente.
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