Retefuente para independientes debe tener en cuenta el total de pagos o abonos en cuenta efectuados en el mes (8:00 a.m.)
23 de Agosto de 2013
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Nota:
90637
Teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto 1070 del 2013, reglamentario de la Ley 1067 del 2012 (reforma tributaria), respecto a la base para retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de rentas de trabajo efectuados a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados pero que no provengan de una relación laboral, legal y reglamentaria y la aplicación de la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario, se debe tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta efectuados en el mismo mes, lo que ocurra primero. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de julio.
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