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Remuneración del contador público se basa en la capacidad de desempeño e importancia de su labor (2:27 p.m.)

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29 de Septiembre de 2017

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En reciente concepto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública resolvió una consulta relacionada con las escalas salariales de los contadores públicos, de acuerdo con su experiencia laboral. En primer lugar, indicó que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 43 de 1990, la remuneración del contador público es un derecho y debe fijarse con base en su capacidad de desempeño e importancia de su labor. En segundo lugar, señaló que no existe como tal una escala salarial, pero la Orientación Profesional del 16 de junio del 2009 expresó las bases de tarifas mínimas de honorarios profesionales a manera de sugerencia o guía, entre otras, la complejidad de la labor contratada y el tiempo empleado en la misma, el tamaño de la empresa contratante y los antecedentes del cliente y de las operaciones que se realizan.

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