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Reiteran que el Invima no puede definir la clasificación arancelaria de un bien (12:00 p.m.)

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21 de Enero de 2014

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La DIAN debe definir la clasificación arancelaria de un producto, por tener competencia sobre el control aduanero, y no el Invima, quien tiene funciones relacionadas con la salubridad pública, reiteró la Sección Cuarta del Consejo de Estado. A su juicio, no tiene sentido pretender que tal clasificación dependa del registro sanitario de dicho instituto, pues este no administra los derechos de aduanas. En todo caso, se deben seguir las reglas previstas en el Convenio del sistema armonizado de codificación de mercancías, recordó el alto tribunal (C. P. Hugo Bastidas).

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