Regular espectáculos públicos y controlar la gestión colectiva de los derechos de autor es constitucional (1:00 p.m.)
21 de Marzo de 2013
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Nota:
87275
La Corte Constitucional declaró exequibles los artículos 23, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 de la Ley 1493 del 2011 y precisó que estas disposiciones no vulneran el principio de unidad de materia. Además, consideró que las comisiones terceras del Congreso eran competentes para dar primer debate al proyecto que se convirtió en la ley, pues a su juicio aborda tangencialmente temas relacionados con derechos de autor, su aspecto económico, fiscal, tributario, administrativo y buscan fortalecer el sector de las artes escénicas (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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