Regulan reporte de información de bienes vendidos durante días sin IVA
25 de Junio de 2020
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Nota:
116837
El vendedor o responsable deberá entregar la información relacionada con las ventas de los bienes exentos de IVA (artículo 4º del Decreto Legislativo 682 del 2020) realizadas los días 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio del 2020, conforme con los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 2669 Versión 1, definido en la Resolución 0064 del 2020, expedida por la Dian. La información deberá ser entregada, a más tardar, el 31 de agosto de este año. En el archivo adjunto a esta nota puede consultar la norma.
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