Regulan presentación de informes de documentación comprobatoria del impuesto de renta
26 de Junio de 2020
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Nota:
116802
A través de la Resolución 0066, la Dian estableció el procedimiento para presentar el informe local y el informe maestro de la documentación comprobatoria a través de los servicios informáticos electrónicos. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta obligados a presentar la documentación comprobatoria (numeral 1º del artículo 260-5 del Estatuto Tributario), por el año gravable 2019 o la fracción de año gravable 2020, deberán radicar el informe en forma virtual por medio de los servicios informáticos electrónicos, por envío de archivos y haciendo uso del mecanismo de firma electrónica (IFE). La información a presentar en los formatos establecidos para tal fin es la señalada según los artículos 1.2.2.2.1.1, 1.2.2.2.1.2, 1.2.2.2.1.3, 1.2.2.2.1.4, 1.2.2.2.1.5, 1.2.2.2.2.1, 1.2.2.2.2.2, 1.2.2.2.2.3, 1.2.2.2.2.4, 1.2.2.2.2.5 y 1.2.2.2.2.6 del Decreto 1625 del 2016.
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