Regulan criterios para prorrogar declaratoria de existencia de zonas francas (8:33 a.m.)
13 de Junio de 2019
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Nota:
111383
En aras de permitir un mejor conocimiento de la normativa asociada a las zonas francas en el país, el Ministerio de Comercio adicionó al Decreto 2147 del 2016 lo referente a la prórroga de zonas francas. Con el Decreto 1054 del 2019 se definen las condiciones, requisitos y trámite para la autorización de ampliación del término de declaratoria de existencia de las estas zonas. La norma permite que las zonas francas permanentes accedan a una prórroga que oscila entre 15 y 30 años adicionales, sujeta a compromisos de ejecución de nuevas inversiones. En el caso de las zonas permanentes especiales o uniempresariales, el decreto definió que el término de prórroga oscilará entre 10 y 15 años, dependiendo de los compromisos de ejecución de nuevas inversiones y generación de empleos. También dispone que el 8 % de los compromisos de nuevas inversiones deberá estar destinado a actividades de ciencia, tecnología e innovación. Este requisito busca promover la adopción de nuevas tecnologías, mejorar la infraestructura de los usuarios y dar respuesta a los retos de competitividad, productividad y sostenibilidad.
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