Reglamentan la exención de renta por concepto de gastos de representación para magistrados y jueces (8:00 a.m.)
09 de Agosto de 2010
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Nota:
67795
A través de un decreto reglamentario del artículo 206 del Estatuto Tributario, el Gobierno precisó que los magistrados titulares de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura tendrán derecho a que un 50% del salario recibido en razón de sus funciones esté exento del impuesto de renta mediante la figura de los gastos de representación. Para los jueces de la República, el porcentaje exento es del 25% sobre su salario.
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