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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Reglamentan destinación y lineamientos para ejecutar recursos en materia deportiva (2:32 p.m.)

16 de Octubre de 2019

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Nota:
113343
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 512-2 del Estatuto Tributario, y acorde con la Circular Externa 01 del 2018, el Ministerio del Deporte definió que los recursos provenientes del impuesto nacional al consumo por la prestación de servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil y servicios de datos para el deporte, correspondientes a la vigencia fiscal 2019 y siguientes, serán administrados directamente por la nueva cartera y destinados según el siguiente lineamiento: el 70 % no será girado al Distrito Capital, departamentos, ni a municipios, sino que se destinará para los planes, programas y proyectos de fomento, promoción y desarrollo del deporte y para la ejecución de proyectos de inversión a cargo del ministerio. Del total de estos recursos, agregó, se deberán destinar mínimo un 3 % para el fomento, promoción y desarrollo de deportistas con discapacidad. Igualmente, aclaró que los recursos del impuesto al consumo de la vigencia 2018 que no se hayan ejecutado deberán ser devueltos a la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda.

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