Registro contable de mejoras en propiedades ajenas depende de la clase de contrato de arrendamiento (10:00 a.m.)
16 de Abril de 2014
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Nota:
96150
Para la contabilización de mejoras en propiedades ajenas, el interesado debe establecer si las mismas están relacionadas con contratos de arrendamiento financiero o arrendamiento operativo. Si derivan de un contrato financiero capitalizado como una clase de propiedad, planta y equipo, las mejoras deben incorporarse como parte del costo del activo, bien sea en el reconocimiento inicial o en periodos posteriores. No obstante, si los derechos son ajustados al costo atribuido en la fecha de transición, los saldos registrados como cargos diferidos o activos intangibles deberán ser dados de baja contra las ganancias o utilidades retenidas, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Si las mejoras representan una parte significativa del costo de los derechos registrados como activo y tienen una vida útil o un patrón de consumo distinto a los del activo principal, pueden ser presentadas como una clase separada propiedad, planta y equipo. En todo caso, señaló la entidad, la vida útil no necesariamente corresponde a la duración del contrato, sino que este término debe compararse con la utilización esperada del activo y establecerla por el menor término de los dos.
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Llurany Lopez Reyes