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Registro catastral no es única prueba válida para determinar uso del predio por entidad territorial

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31 de Marzo de 2020

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La fuente principal de información para establecer el uso de un inmueble con el fin de determinar la tarifa aplicable del impuesto predial es el registro catastral, precisó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. No obstante, también consideró que las reales características del predio al momento de la causación del impuesto prevalecen sobre la información del registro catastral desactualizado, por lo que el contribuyente puede demostrar ante la administración tributaria las mutaciones o cambios de las características del predio. Además, informó que, correlativamente a esta facultad del contribuyente, durante el procedimiento de determinación la administración tributaria también puede demostrar que la información contenida en el registro catastral no es correcta o que está desactualizada para efectos de determinar el uso del predio y la tarifa realmente aplicable en el caso concreto. Conozca estas y otras determinaciones en el documento adjunto (C. P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez).

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