Que el acto administrativo reproduzca normas nulas no determina procedencia de la suspensión provisional (3:33 p.m.)
18 de Junio de 2013
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Nota:
89437
El Consejo de Estado señaló que no es necesario verificar si el acto administrativo demandado reprodujo el contenido de normas declaradas nulas para decidir si procede la suspensión provisional. En este sentido, la Sección Cuarta recordó que procede la suspensión provisional de actos administrativos si confrontan directamente normas superiores (artículo 152 del Código Contencioso Administrativo) (C. P. Martha Teresa Briceño).
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