Principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal no es excusa para violar normas de procedimiento tributario (3:10 p.m.)
22 de Julio de 2013
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Nota:
90140
La aplicación del principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal no es una razón que permita violar las normas de procedimiento tributario, como las que regulan el trámite para corregir las declaraciones privadas. Así lo afirmó la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al señalar que esa normativa es de orden público y de obligatorio cumplimiento. De otra parte, la corporación reiteró que el procedimiento de determinación oficial del impuesto inicia con la presentación de la declaración, por tanto, los hechos económicos no declarados por el contribuyente son ajenos a aquel. En consecuencia, la DIAN no puede pronunciarse en la liquidación oficial de revisión sobre hechos no declarados, agregó (C. P. Martha Teresa Briceño).
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