Precisan TRM en derechos de voto para obligaciones contraídas en dólares con sociedades en reorganización (4:17 p.m.)
19 de Noviembre de 2019
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Nota:
112854
La tasa representativa del mercado (TRM) que se debe tener en cuenta por el promotor para calcular los derechos de voto en favor de los acreedores que hayan contraído obligaciones en dólares con sociedades que hayan solicitado un trámite de reorganización será la vigente a la fecha de admisión del proceso, señaló la Superintendencia de Sociedades. En todo caso, aclaró, una cosa es la tasa para efectos de calcular los derechos de voto y otra la tasa con la cual eventualmente se deben cancelar la obligaciones, pues estas se pagan con la TRM vigente al momento del pago.
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