Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Precisan requisitos para exención de IVA a servicios turísticos prestados a residentes en el exterior (3:55 p.m.)

Openx [71](300x120)

92750

21 de Noviembre de 2013

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

A través de un reciente decreto reglamentario del artículo 481 del Estatuto Tributario, el Gobierno estableció las condiciones y requisitos para la exención del impuesto sobre las ventas (IVA), con derecho a devolución bimestral, a los servicios turísticos vendidos bajo la modalidad de planes o paquetes por las agencias operadoras, así como para los servicios hoteleros prestados por los hoteles inscritos en el registro nacional de turismo, siempre y cuando estos sean prestados a residentes en el exterior y sean utilizados en el país. Los hoteles deberán facturar a las agencias operadoras las actividades comerciales prestadas en el país, discriminando cada una y liquidando el lVA a la tarifa de 0 %. Para la aplicación del beneficio, se consideran residentes en el exterior los extranjeros y nacionales no residentes en el país que ingresan al territorio nacional sin el ánimo de establecerse en Colombia, de conformidad con lo señalado en el Decreto 834 del 2013.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)