Precisan requisito de presentar renta para solicitar devolución de IVA, en los términos de la Ley 1607 del 2012 (3:55 p.m.)
12 de Abril de 2013
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Nota:
87621
El requisito previsto en el parágrafo segundo del artículo 477 del Estatuto Tributario, referido a la presentación previa de la declaración de renta correspondiente al año o periodo gravable inmediatamente anterior, para solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor en declaraciones de IVA, no es exigible para los periodos gravables distintos de los que comienzan después de la vigencia de la Ley 1607 del 2012 (1º de enero del 2013), es decir, declaraciones originadas en los periodos gravables del año 2012. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto 14422 de marzo.
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