Precisan el anexo que se utilizará cuando se corrijan los Informe País por País presentados del 2016 al 2019
De acuerdo a la instrucción impartida por la OCDE, se modificaron las especificaciones técnicas del informe con una nueva versión 2.0 del esquema XML publicada en junio del 2019.Openx [71](300x120)
22 de Noviembre de 2021
La Dian modificó la Resolución 0080, del 26 de noviembre del 2019, para modificar el anexo 2 que incorpora los cambios del Informe País por País, establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Así mismo, se precisa cuál es el anexo que se utilizará cuando se corrijan los informes presentados en los años 2016 a 2019 con posterioridad a la expedición de esta resolución.
Se modificó el último inciso y adicionó el parágrafo 3° al artículo 4° de la Resolución 080, los cuales quedarán así: “Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 651 del Estatuto Tributario y de la función de fiscalización de los procedimientos de debida diligencia establecidos por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de acuerdo con las disposiciones procedimentales previstas en el Estatuto Tributario”.
Entonces, en caso de errores de estructura o formato detectados por las jurisdicciones fiscales receptoras del Informe País por País, con ocasión de la información enviada con la versión 1.0 de septiembre del 2017 correspondientes a los años 2016 a 2019, los grupos multinacionales deberán realizar la corrección del archivo únicamente bajo el formato XML, de acuerdo al esquema y especificaciones técnicas indicadas en el anexo 2, el cual se denomina “ANEXO TÉCNICO – CBC XML V 2.0, que hace parte integral de la resolución.
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