Porcentajes sobre promoción de estudiantes no violan el derecho a la igualdad: Consejo de Estado (9:35 a.m.)
12 de Julio de 2013
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Nota:
89762
El Consejo de Estado negó la nulidad de lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto 230 del 2002, relativo al porcentaje mínimo de promoción de estudiantes, expedido por el Ministerio de Educación. Tomando como punto de partida la jurisprudencia constitucional, el máximo juez de lo contencioso recordó que el derecho a la igualdad en materia de educación se funda en el acceso real e igualitario a servicios educativos de calidad, que garanticen la continuidad del educando en el sistema, sin que resulte desatendido por la fijación de metas sobre promoción de estudiantes. Repetir un curso debe considerarse como una medida excepcional y pretender que los estudiantes que incurran en la repetición sean el menor número posible concuerda con los propósitos de continuidad en el sistema que entraña el derecho a la educación (C.P. Marco Antonio Velilla).
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