13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Para efectos de acceder al SIMPLE, suscripción de una facilidad de pago se extiende a estar al día con obligaciones

24 de Febrero de 2021

Reproducir
Nota:
118744
La suscripción de una facilidad de pago, en tanto se cumplan las condiciones pactadas, no contraviene el numeral 6 del artículo 905 del Estatuto Tributario para acceder al régimen simple de tributación SIMPLE, relacionado con que la persona natural o jurídica debe estar al día con sus obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal, así como con las obligaciones de pago de contribuciones al sistema de seguridad social integral, en lo que a las obligaciones tributarias se refiere. Ahora bien, precisó la Dian, existen varias salvedades: (i) si se incumple con el pago de alguna de las cuotas pactadas en una facilidad de pago o con el pago de cualquier otra obligación tributaria posterior a la notificación de la misma, la administración tributaria podrá dejarla sin efecto; (ii) si no se subsanan los incumplimientos se podrá excluir al contribuyente del SIMPLE a partir del periodo gravable siguiente en que adquiera firmeza el acto administrativo que así lo declare, ordenando a su vez la actualización del RUT, y (iii) dependiendo de la infracción tributaria en la que se haya incurrido, los incumplimientos en el pago de las cuotas pactadas en una facilidad de pago o de las obligaciones tributarias posteriores a la notificación de la misma podrán ser objeto de sanciones tributarias.  

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)