Obligaciones reclamadas por la UGPP pueden ser reconocidas y canceladas dentro del proceso de reorganización (12:20 p.m.)
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18 de Noviembre de 2019
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En reciente concepto, la Superintendencia de Sociedades indicó que es posible reconocer y cancelar las obligaciones reclamadas por la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) dentro de un proceso de reorganización, causadas antes del inicio de mismo. En virtud de la Ley 1429 del 2010, la atención de las obligaciones por concepto de retenciones de carácter fiscal, así como los descuentos a trabajadores y los aportes al sistema de seguridad social no constituyen un requisito de acceso al mecanismo de recuperación, por lo que la sociedad deudora puede presentar solicitud de reorganización sin que para su admisión sea necesario estar al día en dichos conceptos.
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