No todos los errores de información en la declaración de importación acarrean sanción (9:06 a.m.)
21 de Diciembre de 2016
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Nota:
53525
La Sección Primera del Consejo de Estado recordó que no todos los errores en la presentación de información contenida en la declaración de importación acarrean sanción por falta de descripción, pues lo esencial es individualizar la mercancía. Sobre todo, advirtió, en aquellos eventos en que dichas diferencias no influyen en el monto de los tributos aduaneros que fueron cancelados, no impiden la identificación de la mercancía, no cambian su posición arancelaria, porque no tienen efecto alguno que vaya contra los intereses del Estado, ni ocasionan daño al patrimonio de la Nación. Con estos argumentos, el alto tribunal declaró la nulidad de las resoluciones en las cuales se ordenó el decomiso de una mercancía que presentaba pequeñas diferencias entre la composición y el gramaje de 48 rollos de tela decomisados frente a los declarados, en tanto dichas discrepancias no alteraron sustancialmente la esencia de la mercancía (C. P. Roberto Augusto Serrato).
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