No procede la compensación de un saldo a favor generado en el CREE con cualquier otro impuesto (8:07 a.m.)
30 de Julio de 2015
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Nota:
101910
La compensación de un saldo a favor generado en el impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) con cualquier otro impuesto es improcedente, por la naturaleza de destinación específica que este posee, haciéndose extensiva la restricción tanto para el anticipo que se genere en el año siguiente del mismo impuesto como para la sobretasa, por prohibición expresa del artículo 26-1 de la Ley 1607 del 2012, adicionado por el artículo 20 de la Ley 1739 del 2014. Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de abril.
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