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No existe norma que faculte a los concejos municipales para adoptar el impuesto al degüello de ganado menor

Leyes que autorizan o habilitan tributos deben contar con unos elementos mínimos de delimitación y marco de acción.

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15 de Noviembre de 2023

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Con este argumento, se presentó ante la Corte Constitucional una demanda recientemente admitida en contra del artículo 3º de la Ley 31 de 1945, el artículo 2º de la Ley 20 de 1946 y los artículos 172 y 226 del Decreto-Ley 1333 de 1986, relacionadas con el impuesto al degüello de ganado menor.

Según el demandante, existe una violación de los principios de reserva de ley y certeza tributaria previstos en los artículos 150-12 y 338 de la Constitución, pues no crean ni autorizan el impuesto al degüello y, en esa medida, no existe una norma habilitante que faculte a los concejos municipales o distritales para adoptar dicho impuesto.

Sin perjuicio del reconocimiento de la potestad tributaria territorial, las leyes que autorizan o habilitan tributos deben contar con unos elementos mínimos de delimitación y que determinen el marco de acción de los órganos de representación local. Si estas características no están en las normas legales que autorizan un impuesto, se estarían vulnerando los principios de reserva de ley y certeza tributaria.

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