Niegan nulidad de decreto que asigna a Minagricultura administración temporal de contribuciones parafiscales (11:29 a.m.)
20 de Mayo de 2019
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Nota:
111806
La Sección Cuarta del Consejo de Estado negó la nulidad interpuesta por Fedegán contra el Decreto 2537 del 2015, suscrito por el Presidente de la República y el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural (Minagricultura), por medio del cual se adiciona el decreto único reglamentario del sector administrativo Agropecuario, relacionado con la asunción temporal de la administración de las contribuciones parafiscales. Para la Sala, la administración temporal de dichos fondos por parte del Minagricultura no constituye una sanción, sino una medida preventiva ante situaciones particulares que pueden poner en riesgo los recursos del fondo parafiscal o el cumplimiento de sus objetivos. Así, la administración no se encamina a determinar la responsabilidad del director del fondo, sino que se establece con el fin de proteger sus recursos y garantizar el cumplimiento de las políticas que dieron lugar a su creación (C. P. Milton Chaves García).
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