Negar exención tributaria por distribución de combustibles en zonas de frontera es competencia de la DIAN, no de Minminas (10:44 a.m.)
10 de Julio de 2013
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Nota:
89833
El Consejo de Estado anuló las expresiones de la Circular 03 del 2011 del Ministerio de Minas (Minminas) que, sin fundamento legal, le atribuían a esta cartera competencia para negar la exención tributaria por la distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo en zonas de frontera. A juicio de la Sección Cuarta, la DIAN debe determinar si se cumplen las condiciones para mantener la exención mencionada e imponer las sanciones del artículo 8º de la Ley 1430 del 2010 (C. P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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