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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Nacionalización de desperdicios con valor comercial y mercancía deteriorada requiere declaración de importación

30 de Junio de 2023

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Nota:
164142

En el proceso de nacionalización de desperdicios que tienen valor comercial y mercancía deteriorada que ingresan desde zona franca se debe presentar declaración de importación con pago de tributos aduaneros, además de diligenciar y autorizar el formulario de movimiento de mercancías, indicó la Dian.

 

De acuerdo con lo previsto en el artículo 488 del Decreto 1165 del 2019, cuando los desperdicios tienen valor comercial es imprescindible presentar la declaración de importación junto con el pago de los tributos aduaneros a que haya lugar, lo cual implica que dichos desperdicios se deban clasificar arancelariamente según sus características y descripciones.

 

En el caso de las mercancías deterioradas, en los términos del artículo 487 ibídem, igualmente se debe presentar declaración de importación con el pago de los respectivos tributos aduaneros cuando estas ingresan al territorio aduanero nacional.

 

Dichas mercancías, que son aquellas que presentan grave estado de deterioro, descomposición, daño total o demérito absoluto, podrán ser destruidas bajo la responsabilidad del usuario operador, diligencia de la cual este elaborará el acta correspondiente que suscribirán los participantes en la diligencia.

 

En el caso de la nacionalización de chatarra, deberá confirmarse que sus características concuerden con la descripción de la partida arancelaria 7204, sobre desperdicios y desechos (chatarra) de fundición, hierro o acero, lingotes de chatarra de hierro o acero.

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