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Municipios pueden cobrar contribución de valorización por obras nacionales

29 de Junio de 2022

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Municipios pueden cobrar contribución de valorización por obras nacionales (Alcaldía de Bogotá)

Las entidades territoriales pueden establecer la contribución de valorización para recuperar los costos por la construcción de obras de interés público que reporten un beneficio a la propiedad inmueble. Se trata de un gravamen real donde los propietarios o poseedores se benefician en sus inmuebles por dichas obras, de manera que son sujetos pasivos de esta contribución.

De otra parte, indicó el Ministerio de Hacienda, el establecimiento de la contribución de valorización por el respectivo municipio en relación con las obras por él ejecutadas no requiere de autorización del Gobierno Nacional, por lo que para el establecimiento y cobro deberá dar aplicación a la regulación general de la contribución y a la normativa local que la desarrolla.

Ahora bien, de acuerdo con el artículo 243 del Decreto Ley 1333 de 1986, los municipios podrán cobrar la contribución de valorización por obras nacionales, previa autorización de la correspondiente autoridad nacional a quien en principio le correspondería su recaudo. Para ello, se requiere que la obra no haya sido financiada exclusivamente por medio de la contribución de valorización, sino con fondos generales de inversión del presupuesto nacional.

Este cobro de contribución de valorización por obras nacionales solo puede realizarse a partir de la Ley 1819 del 2016, que reguló la contribución nacional de valorización, evento en el cual deberá identificarse la respectiva obra nacional y contar con la autorización de la correspondiente autoridad, precisó la entidad.

 

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