Modificar la declaración no termina la importación temporal a largo plazo de bienes destruidos por actos terroristas (8:35 a.m.)
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01 de Diciembre de 2014
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La importación temporal a largo plazo de bienes de capital que fueron destruidos por actos terroristas no se puede terminar mediante la modificación de la declaración de importación y sin el pago total de tributos aduaneros, pues corresponde al declarante dar aviso a la autoridad aduanera, para que sea esta la que determine la terminación de la modalidad y el cumplimiento de las obligaciones pertinentes. Así lo indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en oficio de agosto.
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