Mintransporte no tiene competencia para crear tasas (11:45 a.m.)
26 de Abril de 2013
Reproducir
Nota:
88019
La Sección Primera del Consejo de Estado declaró la nulidad del artículo 1° de la Resolución 4539 del 2008, que modificó la Resolución 3924 del mismo año, la cual adoptó el aplicativo manifiesto de carga electrónico para la generación y expedición del manifiesto único de carga. Según el fallo, el Ministerio de Transporte fijó una tasa sin competencia y, así, violó el principio de reserva de ley en materia tributaria. En efecto, el ministerio infringió el artículo 16 de la Ley 962 del 2005, que prohíbe a la administración cobrar por la realización de sus funciones valor alguno por concepto de tasas o precio de servicios que no han sido autorizados por una norma. Al respecto, la corporación indicó que el valor cobrado por la venta de cualquier especie venal es una tasa, cuya creación y reglamentación está sujeta al artículo 338 de la Constitución (C. P. María Claudia Rojas Lasso).
Opina, Comenta